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Esto es lo que ocurre si un trabajador etiqueta mal un precio

* Solo podrán descontarle en suma total un mes de salario

Esto es lo que ocurre si un trabajador etiqueta mal un precio

 

Ciudad de México, 26 de abril 2024 (Infórmate y +).- Hace unos días se dio a conocer el caso de un joven que compró unos aretes en 237 pesos de la marca Cartier, los cuales realmente costaban 237,000 pesos, esto debido a un error en su página web.

Sin embargo, no ha sido el único caso dónde se ve este tipo de errores, puesto a que en el Buen Fin, se etiquetaron mal los precios de unas pantallas donde colocaron que valía 10 pesos con 99 centavos.

Pero la pregunta es ¿Qué ocurre con quienes cometieron el error?

De acuerdo con la fundadora de la firma LAIN, Alix Trimmer, quien es también abogada laboralista, explicó que estos errores son muy comunes en las tiendas departamentales.

Así mismo, la especialista comenta que en el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, establece en qué casos se puede descontar dinero a un trabajador y el monto límite, uno de esos escenarios son los errores, pérdidas o averías.

“La cantidad exigible en ningún caso podrá ser mayor del importe de los salarios de un mes y el descuento será al que convengan el trabajador y el patrón, sin que pueda ser mayor del treinta por ciento del excedente del salario mínimo”, se lee en el artículo.

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Por lo que quiere decir que la persona que cometió el error, en este caso en Cartier, solo podrán descontarle en suma total un mes de salario y si se negocia en pagos mensuales, estos no podrán rebasar el 30% del excedente del salario mínimo, el cual actualmente es de 7,566 pesos por mes.

Mientras que Nadia González Elizondo, especialista en derecho laboral, explica que aunque esta situación no fue con dolo, la Ley Federal del Trabajo establece las causales de rescisión para un despido.

“En la fracción sexta se habla que es causal de rescisión el ocasionar perjuicios materiales en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos, relacionados con el trabajo, debido a la negligencia de la persona trabajadora”, expresa.

Es decir, el error del trabajador causó un daño económico a la persona empleadora (Cartier) por la diferencia en el monto de venta de los aretes y que seguramente fue sin dolo, pero con negligencia, la persona empleadora sí podría rescindir justificadamente la relación de trabajo.

Ambas abogadas coinciden en que no habría lugar al pago de una indemnización, únicamente las partes proporcionales d ellos derechos devengados.

“El artículo 47 refiere la terminación justificada de la relación laboral, en la fracción sexta. El finiquito por despido justificado debe incluir los días trabajados y no pagados hasta la fecha de terminación, parte proporcional del aguinaldo y vacaciones”, explicó Alix Trimmer.

Aunado a lo anterior, exponen que hay que cumplir con la elaboración y entrega de un aviso de rescisión y entregarlo directamente al trabajador al momento del despido o comunicarlo al Tribunal Laboral competente para que este sea entregado al trabajador.

¿Es culpa del trabajador?

Gonzáles Elizondo considera que las responsabilidades deberán verificarse y puede ser a través de un contrato individual de trabajo que tenga la persona empleadora.

“Ahí se puede verificar cuáles son sus funciones en la descripción del puesto, cuál es su rol y responsabilidades en ese puesto de trabajo. Si su responsabilidad es etiquetar, subir esa información a la página web, pues quizá sí”, señala.

Sin embargo, agrega que puede que haya un supervisor, lo que se debe hacer es saber cuáles son las funciones y hasta dónde es la responsabilidad de alguien más supervisar.

“Habría que revisar todos los documentos de contratos de trabajo, descripciones de puesto, organigrama, para saber a quién atribuirle la responsabilidad, si es compartida o es únicamente de la persona que etiqueta o pone el precio en Internet”, dice Nadia González.

Para concluir, ambas abogadas recomiendan que, para evitar estas situaciones de manera constante, primero se debe establecer claramente el proceso y las responsabilidades de cada persona que interviene, hacer un double check. Y tal vez la respuesta no jurídica es que las empresas se amparen ante estas situaciones por ejemplo con un seguro por responsabilidad civil, sugirió  Nadia González Elizondo.