Cuernavaca, Morelos; 19 de diciembre de 2023 (Infórmate +).- El pago de aguinaldo es un derecho que por ley le corresponde a las y los trabajadores y de acuerdo a la ley, deberá ser cubierto en su totalidad antes del 20 de diciembre de cada año.
Esta prestación se encuentra establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, donde señala que el pago debe de ser equivalente a quince días de salario y cubierto en su totalidad antes del 20 de diciembre de cada año.
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Por ello, la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo (SDEyT) a través de la Dirección General de Inspección del Trabajo (DGIT) realiza asesorías e inspecciones para el beneficio absoluto de las y los trabajadores morelenses.
En caso de que requieran presentar una queja por la omisión de dicho pago, se les invita a visitar las oficinas de la DGIT, que se encuentran en calle Francisco Leyva, número cinco en el primer piso, en el Centro de Cuernavaca; o bien, comunicarse vía telefónica: 777 310 1441 o al correo electrónico: dgit@morelos.gob.mx, para iniciar con un procedimiento administrativo de revisión de las obligaciones laborales.
El pago del aguinaldo debe hacerse en total apego a lo que dicta la Ley Federal de Trabajo: @SDEyT_Morelos https://t.co/31ebG9rVAR pic.twitter.com/8l4KeYHGIB
— Gobierno de Morelos (@GobiernoMorelos) December 19, 2023