Colocar publicidad mobiliario urbano, como postes, puentes, o túneles está estrictamente prohibida de acuerdo con el Reglamento de Anuncios del Municipio.
¿Cuál es el mobiliario urbano?
De acuerdo a la norma en su artículo 4, ningún particular sin autorización del municipio puede fijar, pegar, adherir, colocar, instalar, o pintar anuncios en todo bien del dominio y uso público que conforman el mobiliario urbano, desde puentes peatonales, hasta puentes a desnivel y túneles, fachadas de edificios públicos, banquetas, glorietas, botes de basura propiedad del ayuntamiento, contenedores, bancas, camellones, postes de electrificación y telefónicos, jardineras, árboles, entre otros.
Dicho esto y para evitar el deterioro de la imagen urbana en la ciudad, el presidente municipal, José Luis Urióstegui Salgado, creó una brigada de limpieza encargada de atender las solicitudes ciudadanas más apremiantes y también hace el retiro de publicidad en mobiliario urbano que no solo genera una contaminación visual por años tolerada, sino que al caerse ocasiona taponamientos en drenajes y alcantarillas.
De acuerdo a la Ley de Ingresos la Fiscalía Ambiental está imponiendo las multas por esta infracción, que tiene parámetros que van desde las 20 hasta las 100 UMAS.
Cabe señalar que los únicos que están permitidos son los anuncios estructurales o luminosos y los anuncios denominativos que contienen el nombre, denominación comercial o logotipo del negocio y está pintado al exterior del mismo, pero deben contar con el permiso del Gobierno Municipal.