El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y las salas regionales han tenido que corregir diversas resoluciones emitidas por el Tribunal Estatal Electoral.
Ante estas inconsistencias se evidenciaron los favoritismos de las magistradas Ixel Mendoza Aragón, Martha Elena Mejía y Carlos Alberto Puig Hernández.
Además han retrasado resoluciones que tenían que estar listas desde el primero de septiembre, pero otorgaron 15 días más para resolver, con el argumento de exceso de trabajo y que se analiza jurídicamente, sin embargo, podría traducirse a negociaciones políticas.
Sin dejar de mencionar la resolución a favor de Alejandra Flores para seguir como legisladora, pero al final la Sala Regional designó Andrea Gordillo como diputada por el PAN. Otro caso que dejó en evidencia fue que la Sala Regional también quitó el acta de mayoría a Ulises Pardo Bastida quien se hizo pasar como indígena de Coajumulco, Huitzilac.
En los ayuntamientos los magistrados también han dejado mucho que desear por no resolver apegados a lo jurídico avalando decisiones del propio Impepac, como fue la designación de regidurías en Cuernavaca donde decidieron dar más regidores a los partidos llamados grandes dejando de lado a la representación de las minorías a pesar de haber obtenido tres por ciento de la votación.
Ayer martes, los magistrados, al entrar al análisis de tales designaciones decidieron frenar la sesión y programarla a las ocho de la noche de este día, dejando mucho que desear por la opacidad con que pretenden sesionar durante la noche del Grito de iIndependencia.
Expertos en legislación electoral advirtieron que desde el Impepac la designación de regidores en Cuernavaca fue errónea, pues se dejó fuera a las minorías que lograron el 3 por ciento de la votación violando el artículo 18 del Código Electoral de Morelos que a la letra dice:
“Artículo 18. La asignación de regidurías se sujetará a las siguientes reglas:
Se sumarán los votos de los partidos que hayan obtenido cuando menos el tres por ciento del total de los sufragios emitidos en el municipio correspondiente; el resultado se dividirá entre el número de regidurías por atribuir para obtener un factor porcentual simple de distribución, asignándose a cada partido, en riguroso orden decreciente, tantas regidurías como número de factores alcance hasta completar las regidurías previstas. Al momento de realizar la asignación de regidurías, el Consejo Estatal observará las disposiciones constitucionales relativas a la sobre y subrepresentación; para ello se deberá observar la misma fórmula establecida para la asignación diputados por el principio de representación.”