México.- Por unanimidad, el pleno del Senado de la República aprobó una reforma al artículo 4 de la Constitución, que considerarán los cuidados paliativos como inclusivos, para elevar la dignidad de los pacientes y proteger los derechos humanos de ellos y sus familiares.
Con 109 votos a favor, esta legislación fue aprobada y remitida a la Cámara de Diputados para su revisión y, en su caso, aprobación
La ortotanasia o muerte digna designa la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal.
Se entiende como el derecho del paciente a morir dignamente, sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para mantener la vida. En este sentido, ante enfermedades incurables y terminales se debe procurar que se actúe con tratamientos paliativos para evitar sufrimientos, recurriendo a medidas razonables hasta que llegue la muerte.
La ortotanasia se distingue de la eutanasia en que la primera nunca pretende adelantar deliberadamente la muerte del paciente.
Mientras que la eutanasia es la intervención voluntaria que acelera la muerte de un paciente terminal con la intención de evitar sufrimiento y dolor del individuo. La eutanasia está asociada al final de la vida sin sufrimiento.