Informar a la sociedad acerca de los lugares de riesgo con señalamientos, las rutas a seguir en caso de algún peligro o amenaza, así como impartir talleres que impulsen la cultura de la protección civil en las escuelas de nivel medio y superior, además de proteger los derechos de la fauna tanto doméstica como silvestre, planteó la diputada Leticia Beltrán Caballero mediante una iniciativa para modificar la Ley de Protección Civil en Morelos. Durante la pasada sesión ordinaria, la legisladora integrante del Grupo Parlamentario del PRI propuso que la información se otorgue también en los distintos organismos gubernamentales, y que las autoridades estatales y municipales deberán incluirlos para ello, en sus respectivos ámbitos de competencia. Al referirse al respeto a los animales, que en casos de riesgo o amenazas se encuentran también vulnerables, consideró necesario que las autoridades de protección civil actúen al respecto, ya que, si bien “la vida de las personas siempre se debe anteponer a todo, también es importante velar por la vida y los derechos de los animales”. En tribuna, Beltrán Caballero dijo que, “como sociedad, es prioritario trabajar en conjunto en beneficio de nuestro ecosistema, de nuestra fauna silvestre, de la flora y todo lo que conforma nuestro entorno, puesto que son importantes para la cadena alimenticia, así como el control del clima”. Indicó que, en días pasados, el estado de Morelos ha sido víctima de varios incendios forestales en los municipios de Cuernavaca, Tepoztlán, Huitzilac, Yautepec y Totolapan, lo que dejó aproximadamente 200 hectáreas afectadas. “Es trascendental inculcar en la sociedad una buena cultura de la protección civil y los estragos que genera la ignorancia en el tema, lo cual nos convierte en una sociedad vulnerable y propensa a acrecentar los daños que pudieran provocar los desastres naturales”, subrayó la diputada. La Iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil para su análisis y dictamen, plantea adicionar una fracción número IX al artículo 6, y las fracciones V, VI y VII del artículo 66 de la Ley de Protección Civil para el Estado de Morelos.
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