in ,

Cárcel a quien conduzca mientras usa celular: Julio Espín

Cuernavaca, Morelos; 28 de marzo 2017.- El diputado Julio Espín Navarrete presentó una iniciativa para reformar al Código Penal para el Estado de Morelos, a fin de establecer sanciones que alcanzan la cárcel de uno a tres años para quienes provoquen accidentes viales al conducir y utilizar de manera simultánea un teléfono celular o cualquier otro equipo de comunicación o actividad que lo distraiga.

El presidente de la Junta Política y de Gobierno,  dejó abierta la posibilidad para que las comisiones de Puntos Constitucionales y Legislación y de Salud, a las que les fue turnada para su análisis y dictamen, incluyan en las sanciones otro tipo de distractores que pueden generar accidentes, como maquillarse, fumar, beber o llevar mascotas mientras se conduce, con la finalidad de disminuir los accidentes viales y castigar de manera severa a quienes provocan accidentes por irresponsables.

En esta iniciativa, el diputado Julio Espín, quien también es Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, propone establecer una pena de uno a tres años de prisión y la pérdida del derecho de conducir, Julio Espín explico que pese a existir un marco jurídico de tránsito y otro penal, se ha vuelto común transgredir dicha normativa, que es flexible en el sentido de las consecuencias jurídicas y a la hora de sancionar al infractor, únicamente señala trabajos a favor de la comunidad y suspensión o pérdida del derecho de conducir.

Agregó que las distracciones que se producen al manejar son variadas y aumentan considerablemente el riesgo de tener un accidente de tránsito, causar lesiones o incluso la muerte a personas, y aunque en casi todo el territorio nacional se encuentra prohibido por los reglamentos de tránsito esta acción, en la práctica los conductores siguen realizándola sin tomar en cuenta las consecuencias.

Espín Navarrete recordó que, en el año 2011, como integrante de la LI Legislatura, presentó al Pleno del Congreso iniciativa por la cual se reformó el artículo 238 del Código Penal para el Estado de Morelos, en el que se incorporó el concepto de “Conducción Temeraria”, es decir, el que mediante la conducción temeraria de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas o los bienes.

-Ata Torres-